FAQ

FAQ - Frequently Asked Questions (Cuestiones Frecuentemente Preguntadas)

¿Quién puede afiliarse a ARP?

Quiero afiliarme a ARP, ¿Qué tengo que hacer?

¿Qué es mejor, la cuota anual o la mensual?

Recomendáis proporcionar una cuenta de Gmail, ¿por qué?

Tengo dificultades para rellenar el formulario on-line, ¿Es posible hacerlo a mano?

Tengo dificultades para encontrar impresora y escáner, ¿Hay alternativa?

¿Qué diferencias hay en rellenar el boletín a mano u on-line?

¿Cuándo se hará efectiva el alta como afiliado?

¿Cómo y cuándo se produce la baja del sindicato anterior?

¿Puede registrar uno mismo el alta en su secretaría?

No quiero pertenecer a sindicato alguno, ¿Cómo me doy de baja?

Después de leer este FAQ sigo teniendo dudas



** ¿Quién puede afiliarse a ARP?

ARP es un sindicato encuadrado en el Cuerpo de Policía Nacional y, según las leyes vigentes, únicamente pueden afiliarse policías nacionales.

Recíprocamente los policías nacionales sólo pueden afiliarse a sindicatos de Policía Nacional.

Nosotros abogamos por cambiar esta circunstancia, porque pensamos que un cuerpo de funcionarios civiles debería tener libertad para afiliarse a cualquier sindicato, sea o no policial.

** Quiero afiliarme a ARP, ¿Qué tengo que hacer?

Como en cualquier organización asociativa con socios o afiliados es necesario rellenar un boletín con los datos personales fidedignos, firmarlo y hacérnoslo llegar.

También es necesario pagar la cuota, mensual o anual. En función de la modalidad de cuota el siguiente paso varía:

- Cuota mensual: se tramita en las habilitaciones de la DGP, quienes detraen la cuota directamente de la nómina y la ingresan en la cuenta de ARP.

- Cuota anual: la DGP es ajena al proceso, el pago lo realiza el nuevo afiliado mediante ingreso o transferencia en la cuenta bancaria de ARP.

Aquí está toda la información y los formularios de alta: http://www.arpol.es/afiliate

** ¿Qué es mejor, la cuota anual o la mensual?

Depende de las circunstancias personales. Se recomienda tener en cuenta las características de cada una de las modalidades.

Económicamente hablando la cuota anual es un poco más barata, aunque se paga de golpe.

** Recomendáis proporcionar una cuenta de Gmail, ¿por qué?

ARP utiliza Google G Suit para administrarse (Gmail, Drive, Groups, Youtube, Scripts, etcétera). Para algunos de los servicios que ARP ofrece a sus afiliados, como la participación en el Órgano Decisorio, nos resulta conveniente utilizar cuentas de Google (Gmail). Esto facilita una "zona de afiliados" cuyo acceso está restringido (podrás utilizar una cuenta de Gmail que ya tengas y que nos lo comuniques para que la vinculemos a ti como afiliado).

No obstante también podremos facilitar claves de usuario y contraseñas dependiendo del tipo de operación donde utilizarse.

** Tengo dificultades para rellenar el formulario on-line, ¿Es posible hacerlo a mano?

. También se puede descargar el boletín en PDF para imprimir y rellenar con bolígrafo.

Normalmente los equipos informáticos de las dependencias oficiales tienen restringido el tráfico web, por lo que si no funciona el formulario on-line o no puedes descargar el PDF en estos equipos te recomendamos que lo hagas desde un ordenador personal o en un locutorio (con la precaución de eliminar después los "rastros").

** Tengo dificultades para encontrar impresora y escáner, ¿Hay alternativa?

. Si has rellenado el formulario de alta on-line y ya lo tienes en tu email preparado para firmar, puedes utilizar una aplicación para smartphones que permita "firmar con el dedo en la pantalla" de la misma manera que lo harías con el bolígrafo sobre el papel. Algunos ejemplos de estas App son: Adobe Fill & Sign, DocuSign, Pen&PDF, ...

- Si tienes impresora pero no tienes escáner procura evitar enviarnos fotos borrosas, sin luz, incompletas o en las que se vean otros elementos como manos o mesas. Recomendamos utilizar una aplicación para smartphones de "escaneo" mediante foto, como CamScanner o Google FotoScan.

** ¿Qué diferencias hay en rellenar el boletín a mano u on-line?

A efectos de afiliación ninguna. No obstante para nosotros es mucho más operativa la modalidad on-line, porque a veces nuestra idiosincrasia humana nos aboca a cometer erratas en la transcripción de los datos a nuestra base de datos. Desde la coordinación técnica y administrativa te agradeceremos elegir la vía digital.

** ¿Cuándo se hará efectiva el alta como afiliado?

--- Cuota mensual

La afiliación mensual por nómina pasa por las habilitaciones de la DGP, y éstas cierran la gestión de nómina la segunda quincena del mes anterior. Esto quiere decir que las afiliaciones registradas a finales de mes todavía no tendrán efecto al mes siguiente, sino al otro. Por ejemplo, un boletín entregado en secretaría el día 25 de enero se verá reflejado en la nómina de marzo, y no antes.

Por ello, desde ARP informamos de que con un cierto margen de error inevitable, las afiliaciones cursadas en habilitación hasta el día 15 del mes tendrán efecto al mes siguiente, y si se cursan desde el 16 hasta fin de mes, el efecto no será al mes siguiente sino al otro.

--- Cuota anual

La afiliación anual no tiene intermediarios, por lo que la cuota se abona mediante ingreso o transferencia bancaria del nuevo afiliado.

Desde la fecha en que ARP disponga del boletín de alta firmado y del ingreso efectivo del dinero, el alta formal se materializará el día uno del mes siguiente.

** ¿Cómo y cuándo se produce la baja del sindicato anterior?

--- Cuota mensual

Las habilitaciones de la DGP sólo permiten la detracción de cuota de un solo sindicato, por ello el alta en uno nuevo implica la baja del anterior, si lo hubiese (en el boletín de alta de ARP se indica expresamente este consentimiento). Por lo tanto la baja se produce automática y simultáneamente con el nuevo alta.

--- Cuota anual

Si existe afiliación a un sindicato anterior y se desea causar baja en el mismo, ésta no es automática sino que se requiere expresamente mediante la entrega en secretaría de un formulario al efecto, disponible en la WebPol y que también puedes descargar aquí: Solicitud de baja de cuotas

** ¿Puede registrar uno mismo el alta en su secretaría?

--- Cuota mensual

Sí. De hecho es la manera más rápida y eficaz de tramitar la afiliación.

Las habilitaciones funcionan a nivel provincial pero no es necesario que te desplaces hasta la capital: puedes registrar el consentimiento de pago en tu secretaría y ellos se lo harán llegar.

Si decides presentarlo tú mismo te agradeceremos que nos comuniques este extremo y la fecha del registro (y recuerda que también necesitamos que nos remitas el boletín firmado a nosotros).

--- Cuota anual

No. Este trámite no se realiza porque no hay intermediarios entre el sindicato y el afiliado, por lo que sólo nosotros necesitamos el boletín firmado.

** No quiero pertenecer a sindicato alguno, ¿Cómo me doy de baja?

Si eres policía nacional, perteneces a un sindicato y quieres darte de baja sin más, la DGP tiene disponible un formulario para tal fin, el cual debe ser cumplimentado, firmado y entregado en la secretaría de tu plantilla. No sólo es válido para los sindicatos, sino para otras organizaciones vinculadas a la detracción de cuota desde tu nómina (si revisas tu nómina podrás comprobar a cuáles perteneces).

El impreso está disponible en la WebPol y también puedes descargarlo aquí: Solicitud de baja de cuotas

** Después de leer este FAQ sigo teniendo dudas

Intentamos ser claros y transparentes al máximo, pero si no lo hemos conseguido puedes consultarnos: http://www.arpol.es/contacto